El caso del médico que mató a uno de los ladrones que estaban robando su
auto en Loma Hermosa, una tragedia que refleja la inseguridad actual,
reavivó la polémica acerca del rol de la Justicia y de los valores
sociales y jurídicos en juego
Un lugar común en las escuelas de periodismo es que no
es noticia que un perro muerda a un hombre y sí es noticia que un
hombre muerda a un perro. Desafiando lo verosímil, ya no es noticia que
todos los días mueran inocentes a manos de delincuentes. Pero fue "la"
noticia que un inocente matara a un delincuente.
El
fin de la legítima defensa es preservarse del peligro de un ataque
inminente. Y expresa el instinto irreprimible de autoconservación que
conduce a defender la propia vida. Desde un punto de vista moral, una de
las partes en el "conflicto" es un agresor y la otra, una víctima
potencial inocente que tiene el derecho de conservar su vida. Y la
legítima defensa es un medio necesario para establecer los derechos
violados por el agresor, quien cometió una acción objetiva al atacar el
orden legal.
Desde
un punto de vista jurídico, toda vez que se produce un delito es
responsabilidad del Estado, que, burlando el contrato social, desprotege
al agredido. Esa responsabilidad recae, entonces, en el agredido, que
recupera el derecho de ejercer la legítima defensa. Si analizamos los
hechos sin tantos tecnicismos con los que se intenta tender un velo que
los oculta, en el reciente caso de Loma Hermosa la cadena causal es
obvia: quien desencadenó la sucesión de actos fue el joven delincuente
muerto, mientras que el médico fue arrojado a una situación que no buscó
y que arruinó su vida y la de su familia para siempre.
¿Cuáles
son las condiciones que deben acreditarse para que un acto sea
calificado de legítima defensa y ser su autor eximido de sanción? Cuando
la agresión es ilegítima, es racional el medio empleado para impedir el
ataque o repelerlo y no ha habido provocación suficiente por parte de
quien se defiende, la ley da por sentado el derecho de defenderse. Todas
ellas se cumplen en el caso: un asalto es una agresión ilegítima, se
empleó un medio racional para impedirla o repelerla ante la superioridad
numérica y física que representaban en ese momento los tres
delincuentes y no hubo provocación suficiente por parte de quien se
defiende.
Dado
que el cumplimiento de estas condiciones prueba que el cirujano estaba
habilitado para ejercer su legítima defensa personal y patrimonial, una
fiscalía excepcionalmente diligente apeló a una cuestión temporal,
determinar si el agresor fue abatido mientras amenazaba a la víctima o
bien una vez que había cesado la amenaza. Al fin de cuentas, el objetivo
es justificar la carátula de homicidio agravado por el uso de arma de
fuego, tipificación penal en la que está empeñada la fiscalía. Pero
precisamente esta minuciosa investigación de la Policía Científica
intenta negar un factum que relativiza todo discurso: una vez más, es
necesario tener presente que quien desencadenó la serie causal fue el
delincuente que ingresó a robar el auto.
Una justificación de la
legítima defensa es la propuesta por Jeff McMahan, un reconocido
académico de filosofía moral de la Universidad de Oxford. McMahan
defiende el valor de la justicia. En su marco teórico, es permisible
matar cuando es un acto justo. Y es justo matar a un sujeto cuando éste
amenaza injustamente a otro. Ese individuo es responsable de esa amenaza
porque inició un acto que previsiblemente puso en riesgo la vida de un
tercero.
La
exégesis tribunalicia que siguió a ese hecho inaudito no hizo sino
desenmascarar la ideología invertida que carcomió la legitimidad de la
ley: tenencia o portación, legítima defensa o exceso de legítima
defensa, pistolón con o sin municiones o gatillo... Como si tras ser
golpeado con un arma en la cabeza y arrollado por el agresor, en una
suerte de ruleta rusa, se tuviera que tomar la precaución de averiguar
si el arma está disponible para ser disparada. En los instantes en que
se juega a vida o muerte no hay tiempo para hacer un peritaje de la
capacidad ofensiva de un pistolón. Y así como si tiene cuatro patas y
ladra, entonces es un perro, análogamente si tiene culata, armazón y
cañón, es un arma de fuego.
Un sistema jurídico que eliminó el
concepto de peligrosidad y ejerce un derecho que juzga el acto y no los
antecedentes de quienes participan en la escena da lugar a este tipo de
paradojas: la inversión entre la víctima y el victimario, donde se acusa
a un ser humano dedicado a salvar vidas y se victimiza a un delincuente
con causas previas y apenas salido del penal de Olmos.
Cuando se
esperan los resultados periciales se procura amparar al delincuente en
un instrumento de investigación criminal que, en una Justicia
ideologizada, no tiene el valor de prueba que debería poseer: numerosos
peritajes confiables son descartados en la Justicia, así como muchas
escenas intencionalmente contaminadas en la escena de un crimen devalúan
el valor probatorio de las muestras de ADN. Cuando se apela a la excusa
de que "hay que ver los expedientes" o de que "hay que leer el fallo",
apenas se está enmascarando una posición insostenible validada por el
reconocimiento del derecho como una "ficción jurídica".
La misma
Justicia que pone todos los engranajes a funcionar para ver cómo hacen
zafar a un delincuente ahora funciona en sentido inverso para ver cómo
responsabiliza de asesinato a la víctima de un asalto. La Justicia posee
un ministerio público fiscal y un ministerio público de la defensa, el
primero se ocupa de salvaguardar los valores de la sociedad y el segundo
se consagra a las garantías de los imputados. Basta de hipocresías:
salvo para las religiones monoteístas, no todas las vidas valen igual.
La contribución a la sociedad fue uno de los criterios que forjaron,
para bien o para mal, la civilización occidental. Y se expresa en que el
derecho penal contempla un fiscal que representa los valores de la
sociedad, y es la sociedad la lesionada en el marco del derecho penal
moderno. En consecuencia, si los valores de la sociedad son los que
priman, ¿acaso no deberíamos considerar al médico como quien contribuyó a
sostener los valores de la sociedad?
Los llamados "tribunales
mediáticos" son la voz de una ciudadanía que está encadenada a una
progresía judicial que, en lugar de representar los valores de la
sociedad, defiende perversamente los derechos de los delincuentes,
traicionando la función pública que dicen representar.
Es cierto
que persiste una deuda de inclusión social, de educación y equidad. Pero
conviene distinguir lo importante de lo urgente: esas deudas son muy
importantes. Pero lo urgente es recuperar una Justicia justa que
proteja, ante todo, por las vidas de quienes viven en el marco de la
ley.
DIANA COHEN AGREST
Fte. Diario La Nación
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