domingo, 1 de julio de 2012

SEGURIDAD JURÍDICA: ¿QUÍEN ES QUÍEN?

En estos tiempos se ha estado hablando mucho en nuestro País acerca de la “seguridad jurídica”, pero ¿de quien? ¿del Pueblo Argentino? Claro que no!
            La tan mentada “seguridad jurídica” es alegada siempre por grandes empresas, casi siempre transnacionales, cuando se ven afectados sus intereses y/o privilegios por alguna medida del gobierno, justa o injusta.  Ahora bien, cabe preguntarse si en la Argentina realmente no hay seguridad jurídica, o si sólo se trata de sofismas esgrimidos por unos pícaros que ladran por su tajada del botín.
            También es oportuna la ocasión para saber ¿cuál es el país mas “seguro”? para determinar ello, dependerá de donde nos coloquemos, si es, por ejemplo, desde el lado de la primera superpotencia mundial de esta época, EE.UU., todo concepto (no sólo el de seguridad) pierde sentido ante el poder militar de dicho país que puede borrar del mapa a casi cualquier país  con su poderosa tecnología militar, siendo en su “homeland” prácticamente invulnerable al ataque de alguna fuerza armada extranjera; por ende, sea lo que necesite el país del norte, como bien sabemos, lo toma por las buenas (como lo hace aquí con nosotros) o por las malas (como en muchos países de Asia), vale decir que ellos no necesitan seguridad, en todo caso, la necesitarían los demás para protegerse de ellos.
Desde nuestro lado ¿Qué país puede ser considerado inseguro o  “poco serio”? Una potencia que ha usurpado territorios en todo el planeta, que ha llegado a librar dos guerras sólo para vender opio; que nos ha invadido militarmente 5 veces en 200 años (1806, 1807, 1833, 1845 y 1982); que posee una de las mas sofisticadas redes de inteligencia política y militar del mundo, incluyendo agentes infiltrados en gobiernos, ejércitos, partidos políticos, organizaciones varias, etc, en los países que quieren destruir y someter; que viola sistemáticamente el Derecho Internacional Público y los Derechos Humanos y no cumple con las Resoluciones de la ONU; una potencia que hizo, hace y seguirá haciendo eso ¿no es un peligro? A la fecha, Gran Bretaña constituye una de las amenazas mas grandes a la paz mundial, muchísimo mas que cualquier otro país con el que se nos quiere distraer.
            Es principio harto divulgado por las usinas del liberalismo que “el Estado no debe intervenir”, sin embargo, y por lo menos en nuestro caso, eso sólo nos lo aplicaron a nuestro País, ya que en el reciente caso de la expropiación del paquete accionario de YPF perteneciente a Repsol, el Estado español SI intervino reclamando al mas alto nivel político y diplomático llegando a pronunciarse al respecto el mismo Presidente del Gobierno español, Mariano Rajoy a favor de la empresa española ¿entonces?.  Veamos ahora quien es el “país poco seguro”, como bien describe el Licenciado Héctor Giuliano: …según el viceministro de Economía Kicillof – la Deuda total de YPF sería del orden de los 9.000 Millones de Dólares (MD)…. Notablemente, este importe de deuda hoy es casi el mismo que YPF tenía al momento de su privatización (1992) – 8.500 MD – y que el Estado absorbió porque la empresa fue vendida sin pasivos (en virtud del artículo 15 inc. 12 LN 23.696 el pasivo de toda empresa o ente a privatizar era asumido por el Estado argentino transfiriéndose la misma libre de deudas).
Este elevado pasivo de YPF significa que el Estado Argentino, con la expropiación ahora de las acciones de Repsol, pasa a ser el nuevo socio mayoritario, asume la responsabilidad principal por la conducción empresaria y hereda entonces el nuevo gran pasivo de YPF.
Una vez más – como ya ocurrió con la privatización menemista de la década del ´90 (que el entonces gobernador Kirchner y su esposa apoyaron) – el socio privado se desliga de sus obligaciones y el gobierno argentino se hace cargo de las deudas.
El Estado, que hasta ahora no tenía participación directa en la gestión empresaria de YPF y no era responsable de sus pasivos, pasa entonces a tener una triple carga de deuda propia en relación a la compañía: 1*. La de la Deuda consolidada de la empresa (los 9.000 MD citados), 2*. La del necesario financiamiento del Plan de Inversiones no cumplido bajo la gestión de Repsol (cuyas estimaciones primarias serían del orden de los 30.000 MD), y 3*. El monto – a determinar – de la indemnización por la expropiación a Repsol.
Ello implica reflexionar sobre si esta mayúscula nueva carga financiera que pasa al Estado Central – más allá de todo lo que se diga ante la Opinión Pública – no constituye en realidad una forma de salvataje práctico a la empresa Repsol desligándola del peso de estos grandes compromisos, que le eran imposibles de cumplir por sí misma…”
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            La República Argentina ha suscripto 54 “Tratados para la protección recíproca de las inversiones (TPPI)”, que entre otras características, como someternos al CIADI, establece que (Artículo V, TPPI firmado entre Argentina y EE.UU. y ratificado por L.N. 24.124 – casi todos los TPPI tienen la misma estructura):“1. Cada Parte permitirá que todas las transferencias relativas a una inversión que se envíen a su territorio o que salgan de él se realicen libremente y sin demora. Dichas transferencias comprenden: a) las ganancias; b) las compensaciones hechas conforme a las disposiciones del Artículo IV (expropiación o nacionalización); c) los pagos que resulten de controversias en materia de inversiones; d) los pagos que se hagan conforme a los términos de un contrato, entre ellos, las amortizaciones de capital y los pagos de los intereses devengados en virtud de un convenio de préstamo vinculado directamente a una inversión; e) el producto de la venta o liquidación total o parcial de una inversión, y f) los aportes adicionales de capital hechos para el mantenimiento o el desarrollo de una inversión.”…las transferencias se harán en una moneda de libre convertibilidad, al tipo de cambio vigente en el mercado en la fecha de la transferencia…”, es decir, sin las molestas trabas como las impuestas a ese abuelo que quiso regalarle $ 10 dólares a sus nietos, pero eso si, la empresa que se acoja a el privilegio antedicho puede sacar, por ejemplo, 500 MD del país en un día ¿Qué tal?
            Dicho esto, ¿se puede decir seriamente que la Argentina es insegura jurídicamente? Claro que no! El Pueblo de la Nación Argentina es el único que en su propio país no tiene seguridad jurídica, porque ningún gobierno le puede dar cierta estabilidad económica y financiera por un período mayor de 3 o 4 años que es lo que duran en promedio los ciclos idílicos de falsa prosperidad manifestada por un auge del consumo (“plata dulce”, “voto licuadora” y “voto lcd”), luego comienzan los corcoveos hasta terminar en la ya clásica recesión—inflación .  Ojalá los argentinos gozáramos de un poder adquisitivo sostenido, una moneda fuerte , un alto índice de empleo, estabilidad fiscal (no subas “provisorias” del IVA) como tienen, por ejemplo, las empresas mineras por el lapso de 30 años y que cualquier trabajador paga mas impuestos que éstas. 
            ¿Dónde van a encontrar un país mas seguro para ellos que el nuestro, que paga a costa de su miseria y postración social una deuda externa que no existe, que otorga impunidad y permite el saqueo por ley sancionada por la “caja de resonancia de la democracia”? y como dijo el Coronel Mohamed Alí Seineldín: "Al Nuevo Orden Mundial entraremos inermes con las manos en la nuca, caminando de rodillas y ninguna duda que seremos pobres, dependientes y excluídos".



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