Parece ser que los ciudadanos británicos colonizarían puestos importantes del gobierno argentino.Es el caso del supuesto filosofo de nacionalidad británica que "orientaría" al kirchnerismo Así nos lo dice un medio de prensa de nuestro país
E. Laclau: "filosofo" K de la izquierda "nacional" y ciudadano británico |
Es la segunda vez, desde 2003, que le ofrecen a Laclau la jefatura de una sede diplomática. La primera fue la de Londres. Laclau recibió el ofrecimiento con "fascinación" pero no a la ligera. Es que, como aquella vez primera, el mensaje de Cristina Kirchner al filósofo llegó también con el condicionamiento de que renuncie a la ciudadanía británica.
Renunciar a ser ciudadano del Reino Unido, con el que el país se encuentra en fuerte tensión por el conflicto de Malvinas, es para Laclau dilapidar también a la no poca generosa jubilación que le espera tras décadas de residir en la localidad de Essex. Precisamente Laclau renunció a la oferta para conducir la sede en Londres para no perder la ciudadanía ni la jubilación."
http://www.losandes.com.ar/notas/2012/1/14/ofrecen-laclau-embajada-argentina-francia-618287.asp
Pero ese no sería el unico caso otra información de hace un tiempo nos cuenta lo siguiente
La sobrinita inglesa de Verbitsky |
El parentesco, sin embargo, cobra una importancia relevante si lo analizamos desde otro ángulo, que puede afectar tanto a la seguridad como al interés nacionales.
¿A quién nos referimos? A la doctora Natalia Laura Federman, integrante del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y ligada a la organización Madres de Plaza de Mayo.
Nacida en Londres, según acredita su documento de identidad N°. 92.700.712, adquiere gravitación porque, pese a que el actual gobierno conoce su carácter de súbdita británica –país con el que mantenemos un conflicto abierto en el Atlántico sur–, la designó en dos cargos:
* Responsable del área institucional del programa Verdad y Justicia del ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos (decreto 717/09).
* Directora de programas de la Dirección Nacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, dependiente de la secretaría de Estrategia y Asuntos Militares del ministerio de Defensa (decreto 1.511/09).
Hoy, además, se desempeña como Directora Nacional de Derechos Humanos en el ministerio de Seguridad, a cargo de Nilda Garré (decreto 711/11).
Las designaciones, por cuenta de la presidenta de la Nación, Cristina Fernández, son escandalosamente llamativas porque exceptúan:
* El art. 4to. capítulo II de la Ley 25.164 (marco regulatorio del empleo público nacional), donde se fija que el ingreso a la administración pública nacional estará sujeto a la previa acreditación de varias condiciones:
a) Ser argentino nativo, por opción o naturalizado. El jefe de Gabinete podrá obviar su cumplimiento mediante una precisa fundamentación de la jurisdicción solicitante.
b) Conducta e idoneidad, que se acreditará mediante los regímenes de selección que se establezcan. El convenio colectivo de trabajo deberá prever los mecanismos de participación y de control de las asociaciones sindicales en el cumplimiento de los criterios de selección y evaluación a fin de garantizar la efectiva igualdad de oportunidades.
c) Aptitud psicofísica para el cargo.
* El art. 7mo. del capítulo I, título I, de las Leyes 26.337 y 26.422 (presupuesto general de la administración nacional), que expresa: “Salvo decisión fundada del jefe de Gabinete, las jurisdicciones y entidades de la administración nacional no podrán cubrir ni los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente ley ni los que se produzcan con posterioridad. Las decisiones administrativas que se dicten en tal sentido tendrán vigencia durante el presente ejercicio fiscal y el siguiente para los casos en que las vacantes descongeladas no hayan podido ser cubiertas.
“Quedan exceptuados de lo previsto precedentemente los cargos correspondientes a las autoridades superiores de la administración pública nacional, el personal científico y técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la Ley 25.467, los correspondientes a los funcionarios del cuerpo permanente activo del Servicio Exterior de la Nación, los cargos correspondientes al hospital nacional “Profesor Alejandro Posadas”, a la Secretaría de Seguridad Interior en atención a las disposiciones de la Ley 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, en el marco de los procesos de reestructuración que se están llevando a cabo en esos organismos, así como los del personal de las Fuerzas Armadas y de seguridad, incluido el Servicio Penitenciario Federal, por reemplazos de agentes pasados a situación de retiro y jubilación o dados de baja durante el presente ejercicio.”
Sobre el contenido de los decretos que pretenden justificar la designación de Federman, surgen varias preguntas:
* ¿Qué fundamentos aporta el dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del ministerio de Defensa?
* ¿Cuál fue la precisa argumentación de los ministerios de Defensa y Seguridad, Justicia y Derechos Humanos?
* ¿Qué régimen de selección se siguió?
* ¿Participaron asociaciones sindicales?
* ¿De qué forma se evaluó la conducta e idoneidad de esta ciudadana británica?
* ¿Cómo se determinó su aptitud psicofísica?
* ¿Qué tipo de estudios se le efectuaron?
* ¿Cuándo, dónde y quién los realizó?
* ¿Dónde está archivada su historia clínica?
* ¿Qué clase de objetivos justificaron designar en el ministerio de Defensa a un súbdito de un país con el cual mantenemos un conflicto territorial?
Además de lo dicho antes y de acuerdo con el análisis efectuado, no se registran antecedentes del cese de funciones de la doctora Federman en el ministerio de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, que debió producirse el 30 de noviembre de 2008.
Igual situación se verifica para las tareas que, en forma “transitoria”, desarrollaba en el ministerio de Defensa y que deberían haber finalizado el 26 de abril de 2010. En este caso, con el agravante de que, en la actualidad, aún integra el organigrama del ministerio de Defensa.
Por lo expuesto, la doctora Federman podría estar cumpliendo tareas en tres ministerios simultáneamente y cobrando tres sueldos del Estado Nacional. Aparte de las consideraciones precedentes y avaladas por documentos oficiales, debe resaltarse que, como directora de programas de Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, tuvo acceso a todos los legajos personales de los oficiales superiores (coroneles, generales y sus equivalentes) de las Fuerzas Armadas que poseen clasificación de seguridad “confidencial”.
Los decretos presidenciales no sólo violan las leyes sino que expresan que la designación de esta ciudadana británica –hija de Andrés Federman, jefe de prensa de la sección Política y Asuntos Públicos de la embajada del Reino Unido en Buenos Aires– cumple los objetivos impuestos. ¿Impuestos por quién?
Como todo es posible en el universo kirchnerista, no sería de extrañar que su nombramiento en áreas donde se evalúan asuntos reservados –en los ministerios de Defensa y, posteriormente, en el de Seguridad, nada menos– represente una burla más de las leyes vigentes."
http://www.lanueva.com/
¿Estas informaciones nos cuentan de la relación amor-odio del kirchnerismo con referencia a los ingleses? ¿Algo para tratar en terapia? No, simplemente nos da pistas para saber quienes están detrás del kirchnerismo. Podemos asegurar que no son ni los comunistas, ni los iraníes ni los chinos.Saquen sus propias conclusiones.
2 comentarios:
La cuestión está bastante clara. Ya en artículos anteriores de este sitio habían señalado a los británicos como los principales impulsores de las políticas de derechos humanos y progresismo en la Argentina, y esto viene a confirmar una vez más esta realidad. No cabe ninguna duda de que uno de los aspectos más nefastos del kirchnerismo está digitado directamente por Inglaterra.
Esto no le interesa a ningún medio periodistico opositor al gobierno? aunque muchos no sean santo de mi devociòn cuando se trata de ir contra los Ingleses todo es válido de alguna forma debería salir a la luz no? JORGE
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